INSTITUCIONES SUCESORIAS Click página principal Página principal
 

   1.-  Cuarta Trebeliánica.-   Sentencia de 20 de septiembre de 1994 Sección 2ª AP Tarragona.
Cuarta Trebeliánica:  Derecho a detraer la cuarta Trebelianica o Pegasiana.
Institución sucesiva de heredero.-
Formación de Inventario: Requisito Objetivo.
Exactitud, veracidad e integridad. Subsanación.
Naturaleza jurídica de la cuarta Trebeliánica.
Tiempo para la formación del inventario.
Aplicación del Derecho anterior a la Compilación de 21 de Julio de 1960.
 
 

   2.-Legados- Prelación de los créditos de los acreedores del causante al Legatario.- Graduación de los créditos de los acreedores a los efectos de exigibilidad de las obligaciones y cargas hereditarias.
Sentencia de la Sección 2ª de la A.P. de Tarragona de 30 de mayo de 1995 (Rollo 82/1994).
 

3.- Legítima en la Compilación de Cataluña. Intangibilidad cualitativa. Prohibición de gravamen. Cautela Socini. Acción real del legitimario frente al heredero.- Mención en el Registro de la Propiedad.

Sentencia de la Sección 2ª de la A.P. de Tarragona de 6 de Julio de 1995 (Rollo 86/94).
 
 
 

4.-Repudiación de la herencia en perjuicio de los acreedores.Aceptación de la herencia por los acreedores de los herederos.  Naturaleza de la acción.- Estudio doctrinal de los artículos 1.001 del Código Civil y 23 del Código de Sucesiones de Cataluña.
 Sentencia de la Sección 3ª de la AP de Tarragona de 8 de junio de 1999.
Aplicación, al presente caso, del artículo 1.001 del Código Civil.
Distinción entre los acreedores del causante y los de los herederos.
 
 

Prohibiciones de disponer 5.- Prohibiciones de disponer.- Prohibición de disponer inter vivos establecida en testamento.
Interés legítimo o causa legítima para la validez de las disposiciones de disponer. Artículos estudiados: Arts. 781 y 785-2º del Código Civil; Art. 117 de la Compilación de   Cataluña (Texto Refundido de 1984) y referencia al art. 166 del Código de Sucesiones.

   Sentencia de 6 de mayo de 1996 de la Sección 3ª de la A.P. de Tarragona.
 

Testamento: Voluntad del testador 6.- Testamento: Interpretación de la voluntad del testador. Indagación de su voluntad. Legado de finca.

Artículo 675 del Código Civil. Disposición transitoria 1ª de la Ley 40/1991, de 30 de diciembre.

Sentencia de la Sección 3ª de la A.P. de Tarragona de 13 de noviembre de 1998  (Rollo 180/97).
 

Partición de la herencia7.-Partición de la Herencia. Clases. Forma de la partición: Venta en pública subasta. Devengo de Frutos y Rentas. Artículos aplicables: 1.062 y 1.063 del Código Civil.
Sentencia de la Sección  3ª de la Audiencia Provincial de Tarragona de 15 de mayo de 2001 (Rollo 150/2000).
 
 

Cálculo de la Legítima8.- Legítima. Cálculo y computo de la Legítima en el Derecho Civil Catalán (Código de Sucesiones). Destino de la indemnización pactada en el Contrato de Seguro de Vida a favor de tercero.- La indemnización no entra en el patrimonio del causante, ni de la herencia.

Sentencia de la Sección 3ª de la A.P. de Tarragona de 3 de febrero de 2003 (Rollo 472/2001)
 

Herederos. No citación9.- Herederos. Sucesión procesal. No citación a los herederos de un demandado. Nulidad de actuaciones.
 

Sentencia de la Sección 3ª de la AP de Tarragona de 26 de enero de 2005 (Rollo 81/2002)
 
 
 
 

10.-Legítma. Quantum legitimario. Herencias del padre y de la madre. Cáculo de la legítima: Fases y supuestos. Finca que estaba incluida en la herencia de la madre, pero no en la del padre. Esta finca debe incluirse en la herencia de la madre para calcular el quantum de la legítima correspondiente a la herencia de la madre. Finca vendida por el padre: no puede incluirse an la herencia del padre.

Sentencia de la Sección 3ª de la AP de Tarragona de 31 de marzo de 2005 (Rollo 509/2003) 

Actio hereditatis petitio 11.- ACTIO HEREDITATIS PETITIO. Artículo 465-1 del Codi Civil de Catalunya, innovación la regulación precedente del artículo 64 del Codi de Successions. Protección de la herencia. Características de la acción de petición de herencia: a) Universalidad; y b) Acción de naturaleza reall.

Sentencia de la Sección 14 de la Audiiencia Provinncial de Barcelona de 12 de abril de 2016. Núm. 111/2016 (Rollo 392/2014).

Interpellatio in iure 12.- Interpellatio in iure o interrogatio in iure. Artículos 461-1, 2 y 3 del Codi Civil de Catalunya. Petición de aceptación o repudiación de la herencia. 

Sentencia de la Sección 14 de la Audiencia Provincial de Barcelona de 20 de marzo de 2014. Núm. 67/2014 (Rollo 821/2012).

Desheredación. Ausencia relación familiar 13. CAUSAS DE DESHEREDACIÓN. Desheredación por ausencia de relación familiar. Causa prevista en el artículo 457-17-2, letra e) del Codi Civil de Catalunya. Requisitos: 1) ausencia de relación familiar; 2) manifiesta; y 3) imputable de forma exclusiva al legitimario. Doctrina y jurisprudencia. Concurrencia de la ausencia de relación familiar durante el tiempo. Efectos.

Sentencia de la Sección 14 de la Audiencia Provincial de Barcelona de 30 de abril de 2014. Núm. 149/2014 (Rollo 807/2012)

Capacidad testar. Testamento nulo 14. TESTAMENTO. NULIDAD. CAPACIDAD DEL TESTADOR. Requisitos jurisprudenciales para la capacidad testamentaria. Derecho civil catalán: Principio del favor testamenti. Artículos 421 y concordantes del Codi Civil de Catalunya.

Sentencia de la Sección 14 de la Audiencia Provincial de Barcelona de 25 de abril de 2014. Núm. 144/2014 (Rollo 830/2012).

 Testamento. Usufructo universal. Legados a cuatro hijos. Principio favor testamenti 15. TESTAMENTO: USUFRUCTO VITALICIO A FAVOR DE LA ESPOSA.. Inexistencia de Legado termporal. Legados a favor de cuatro hijos. Principio de favor testamenti 

Sentencia de 26 de junio de 2014, Núm. 247/2014,  de la Sección 14 de la Audiencia Provincial de Barcelona (Rollo 946/2012).

Vecindad civil. Legítiima. Determinación legilsación aplicable 16. VECINDAD CIVIL DE LA CAUSANTE. Pruebas documentales. Falta de determinación. Diferencias con la vecindad administrativa. 

No acreditación de la residencia continuada durante 10 años en Cataluña. Dudas: Presunción de vecindad del artículo 16-4 del  Código Civil.

LEGÍTIMA:.Aplicación del Código Civll. Cáculo de la legítima. Artículos 818 a 822 del Código Civil. 


Sentencia de 26 de febrero de 2015, Num. 210/2015, de  la Sección 14 de la Audiencia Provinciald de Barelona (Rollo 266/2013).

 Cuarta Trebeliánica. Fideicomiso  17. FIDEICOMISO. Exceso de valor. Cuarta Trebeliánica. . Aplicación del Codi de Successions.

La fiduciaria no ejercitó el derecho de retener la trebelianica y la formacióin de inventario. Transmisión de un bien de mayor valor.

Accesión de inmubles. Aplicación de la Compilación de Cataluña de 21 de julio de 1960. 

Supuestos de accesión inmobiliaria previstos en el Código Civil y en la Compilación de Cataluña. Inexistencia. 

Concurrencia de enriquecimiento injusto: Derecho a indemnización por el mayor valor del inmueble transmitido. Incremento efectuado con aquiesciencia del fideicomisario. 

Sentencia de 26 de marzo de 2015, Núm. 105/2015, de la Sección 14 de la Audiencia Provincial de Barcelona (Rollo 276/2013).


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